Las 20 normas de la DGT que los ciclistas deben conocer (y qué multas conllevan)
Vaya por delante que los conductores imprudentes o agresivos son la causa de la mayoría de accidentes en los que se ve involucrada una bici. Pero, como recuerda la DGT, nosotros también tenemos obligaciones al salir a la carretera. Es cierto que no existe un permiso específico para este tipo de vehículos, pero eso no quiere decir que no haya que seguir las reglas. Así que hoy te traemos las 20 normas que los ciclistas deben conocer. Y las multas a las que te exponen algunas de ellas, que pueden ascender incluso hasta los 1.000 euros.
La seguridad: el por qué de las 20 normas
Casi todas estas normas (más dos recomendaciones) están pensadas por la Dirección General de Tráfico para aumentar nuestra seguridad y la de los peatones, por lo que la motivación para respetarlas no ha de ser ahorrarnos el dinero de la sanción, claro. Van desde cosas tan evidentes como detenerse ante los semáforos hasta otras más desconocidas. Por ejemplo, cómo se circula en grupo por una rotonda o glorieta. Échales un vistazo:
1. Teléfono móvil o auriculares: está totalmente prohibido utilizar ambos. Los primeros distraen y los segundos limitan nuestra capacidad auditiva. Multa de 200 euros.
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2. Alcohol: igual que si conduces un coche, es sancionable ir en bicicleta bebido (o drogado). Y sí, estás obligado a someterte al test si un agente te lo requiere. La tasa máxima es la misma: 0,5 g/l en sangre o 0,25 mg/l en aire espirado.
3. Pasajeros: solo se pueden llevar un niño, como máximo de 7 años (siempre que el conductor sea mayor de edad). Y deberá ir en asiento adicional homologado. De lo contrario, multa de 100 euros.
4. Luces: como ya te contamos aquí, es obligatorio a llevar una trasera, una delantera de posición y un catadióptrico (elemento reflectante) trasero si circulas de noche, en pasos inferiores o por túneles. Multa de 200 euros si no cuentas con todos estos elementos.
5. Detenerse ante los pasos de cebra: como cualquier otro vehículo en la carretera, darás prioridad a los peatones allí donde la tienen; es decir, en pasos señalizados o, si giras hacia otra vía y ves a personas cruzándola, aunque no haya paso. Multa de 200 euros.
6. Cruzar un paso de cebra: por otra parte, si eres tú quien va a atravesar la calzada por uno de estos pasos, deberás desmontar y hacerlo a pie, arrastrando la bici (siempre que no exista uno para ciclistas). Multa de 200 euros si no lo haces así.
7. Prioridad: siempre que no la tengas tú, estarás obligado a cederla a los otros usuarios de la vía, como es lógico. Por cierto, los ciclistas tenemos prioridad respecto a los vehículos de motor cuando circulamos por un carril bici, por un paso para ciclistas o por arcén debidamente señalizado. Multa de 200 euros si no respetas una señal de ceda el paso.
8. Incorporaciones peligrosas: antes de iniciar la marcha, habrás de comprobar que no hay riesgo para incorporarte al tráfico, y señalizar la maniobra. Multa de 200 euros.
9. Otras maniobras: además de esto, también es preceptivo señalizar giros y cambios de sentido y de carril. ¿Cómo? Bien con el brazo derecho (extendido a la altura del hombro) o bien con el izquierdo (doblado en ángulo).
10. Respetar las señales: resulta obvio hasta para quien se las salta. Semáforos, señales de stop y demás nos afectan a todos; conductores y ciclistas. La multa oscila entre los 150 y los 500 euros.
11. Circular por la acera: igual de evidente. Tampoco se puede rodar por una zona peatonal, a menos que esté señalizada como carril-bici de uso compartido con peatones. Multa de 100 euros.
12. Por la derecha y en grupos de 2: en ciudad, tendrás que ir lo más pegado posible al límite derecho de la calle, aunque siempre dejando un margen con el bordillo o con los vehículos aparcados. Y, si vas en grupo, has de tener claro que podréis circular en columna de a dos como máximo. La multa es de 100 euros si el grupo va sin orden.
13. Casco en ciudad: solo es obligatorio para los menores de 16 años. Para el resto, la DGT lo deja en 'recomendable'. Multa de 200 euros.
14. Casco en carretera: aquí sí que hay que llevarlo independientemente de la edad. Aunque existen 3 excepciones: por razones médicas, por calor extremo o en subidas prolongadas. Multa de 200 euros.
15. Reflectantes en carretera: en las mismas circunstancias en que estás obligado a encender las luces (de noche, en pasos inferiores o en túneles), también es importante que lleves una prenda reflectante. Multa de 80 euros.
16. Usar el arcén: si lo hay, debes ir por él, no es voluntario. Es más, la única excepción son los descensos prolongados "en condiciones seguras", según la DGT. Multa de 200 euros por ocupar la calzada si el arcén está disponible.
17. Circular en paralelo: sí, en carretera podéis ir en grupo en fila de a dos, tan cerca como sea posible del margen derecho. Pero esto vale siempre y cuando exista suficiente visibilidad (es decir, que no sea un tramo con curvas) y no se den aglomeraciones. De lo contrario, colocáos en hilera. Multa de 100 euros.
18. Rotondas: ¿y cómo hay que incorporarse a una glorieta cuando circulamos en grupo? Pues, al igual que en el resto de intersecciones, el grupo funciona como un único vehículo. Es decir, cuando el primer ciclista haya entrado en ella, todos los demás tendrán prioridad, y los coches deberán dejarles pasar. Algo que quizá no supieras, pero que está así escrito en el código de circulación, como te explicamos ya hace unos meses.
19. Carriles bici: para finalizar, 2 recomendaciones, que no tienen fuerza legal, y por tanto no traen aparejada una multa. La primera que hace la DGT es que, por nuestra seguridad, usemos siempre los carriles específicos, si existen. El problema, desde luego, es que en muchos lugares brillan por su ausencia.
20. Frenada: y, por último, algo un poco controvertido. La Dirección General de Tráfico también aconseja advertir antes de realizar un frenazo brusco, "moviendo el brazo alternativamente de arriba a abajo, con movimientos cortos y rápidos". Aunque no está claro cómo vas a poder soltar una mano del manillar en un frenazo "brusco", por lo que la propia institución ya advierte de que "en ningún caso es obligatorio". Nosotros no te lo recomendamos.
Si tienes en cuenta estas normas y recomendaciones, circularás mucho más seguro por la ciudad y la carretera... y, como bonus, te evitarás el inconveniente de tener que pagar una multa si te cruzas con la policía.