3 normas que los ciclistas pueden recordar a los conductores
Por desgracia en lo que llevamos de año las noticias de ciclistas atropellados en carretera han abundado mas de lo que nadie quisiera. El grado de preocupación ha sido tal que la propia DGT ha comenzado una campaña de concienciación para conductores a la vez que esta desarrollando una serie de medidas que consigan proteger de alguna manera al ciclista.
Pero al margen de estas nuevas medidas el código de circulación ya recoge una serie de normas que regulan la relación de los ciclistas en carretera y que no todos los conductores conocen.
3 normas que los ciclistas deberían recordar a los ciclistas
Hay muchas más pero aquí os traemos 3 de las normas más importantes relativas a los ciclistas y que a menudo los conductores desconocen.
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1 metro y medio
Esta norma es vital para la seguridad del ciclista en carretera, por si alguién aún no lo sabe cualquier vehículo debe dejar al menos 1,5 metros de distancia lateral al pasar junto a un ciclista.
SÍ se puede adelantar con línea continua
Una gran parte de los accidentes se producen por conductores impacientes que creen que no pueden invadir el carril contrario para adelantar a un ciclista. Para todos ellos atentos a este artículo del código de circulación.
SECCIÓN 6ª. Supuestos excepcionales de ocupación del sentido contrario
Artículo 88. Vehículos inmovilizados.
1. Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá ser rebasado, aunque para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro. Con idénticos requisitos se podrá adelantar a conductores de bicicletas, ciclos, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal, cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación en general.
Se puede rodar en paralelo
Excepto en tramos de visibilidad comprometida como pueden ser cambios rasantes, curvas o zonas con niebla en todos los demás los ciclistas pueden circular en paralelo por la carretera. A menudo esta práctica suele ser criticada por los conductores que desconocen la norma.